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Décadas en una batalla jurídica en el Tribunal Internacional de Justicia de La Haya: Colombia y Nicaragua en disputa por territorios marítimos en aguas del Caribe.
Carolina Cecilia Angulo Name, Phd.
Profesora de Derecho Internacional PúblicoColombia y Nicaragua se han confrontado por décadas ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya; órgano principal de las Naciones Unidas encargado no solo de resolver las controversias judiciales surgidas entre los estados sino también de emitir opiniones consultivas respecto de cualquier cuestión jurídica, a solicitud de cualquier organismo autorizado para ello por la Carta de las Naciones Unidas. Toda su labor busca promover la solución pacífica de conflictos y el cumplimiento del derecho internacional. Su sede es el Palacio de la Paz en Países Bajos.
En un escenario marcado por tensiones y reclamaciones, la disputa ente ambos países se ha centrado principalmente en la delimitación de las fronteras marítimas y la soberanía sobre islas y archipiélagos localizados en el Mar Caribe entre ellos, San Andrés, Providencia y Santa Catalina. En el artículo 1 del Tratado sobre cuestiones territoriales entre Colombia y Nicaragua de 1928 (Ley 93 de 1928) se dispone que, por un lado, Colombia reconoce la soberanía y pleno dominio de Nicaragua sobre la Costa de Mosquitos -comprendida entre el cabo de Gracias a Dios y el río San Juan- las islas Mangle Grande y Mangle Chico; en tanto que, Nicaragua hace lo mismo respecto de Colombia sobre las islas de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y todas las demás islas, islotes y cayos que hacen parte del Archipiélago de San Andrés.
La formalización de este tratado se llevó a cabo entre ambos países a través del canje de notas diplomáticas celebrado el 5 de mayo de 1930. En el acta se declara: “que el Archipiélago de San Andrés y Providencia, que se menciona en la cláusula primera del Tratado referido no se extiende al occidente del meridiano 82 de Greenwich”. Cabe aclarar que, en dicho acuerdo, no quedaron incluidos los Cayos de Roncador, Quitasueño y Serrana ya que su dominio se encontraba en litigio con los Estados Unidos; situación que fue resuelta a favor de Colombia través del Tratado Vázquez-Saccio del 8 de septiembre de 1972.
Demandas de Nicaragua contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya.
En el año de 1980, Nicaragua cuestionó la validez del Tratado Esguerra-Barcenas de 1928 alegando que su suscripción fue coaccionada por las fuerzas de intervención norteamericanas en Nicaragua en transgresión de la Constitución Nacional. En el año 2001, tal situación que derivó en la interposición de una demanda contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia en virtud de lo estipulado en del Tratado Americano de Soluciones Pacíficas o “Pacto de Bogotá” de 1948, del cual ambos países eran parte.
Nicaragua solicitó en su demanda que se declarará nulo el Tratado Esguerra-Barcenas de 1928 y en consecuencia se reconociera su soberanía sobre las islas de Providencia, San Andrés y Santa Catalina y todos los cayos e islas anexos, así como Roncador, Serrana, Serranilla y Quitasueño. También pidió que se delimitará la plataforma continental y zona económica exclusiva de acuerdo con el derecho internacional, además de una compensación económica. En respuesta a ello, Colombia retiró la declaración de aceptación de jurisdicción obligatoria de la Corte Internacional de Justicia en el mes de diciembre del año 2001.
Después de varios años de proceso judicial, la CIJ emitió su sentencia de fondo el 19 de noviembre de 2012 a través de la cual se reconoció la validez del Tratado Esguerra-Barcenas de 1928 y la soberanía de Colombia sobre la Isla de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y los 7 cayos. No obstante, la CIJ al delimitar el área marítima adjudicó derechos a Nicaragua sobre 75.000 kilómetros cuadrados de mar aproximadamente, hecho que le permitió establecer fronteras marítimas con Jamaica y Panamá a ese país.
Frente a ello, Colombia denunció el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas de 1948 o “Pacto de Bogotá” el día 27 de noviembre de 2012 lo cual implicó el retiro definitivo del estado, de este acuerdo, a partir del 26 de noviembre del 2013 según sus disposiciones.
En ese periodo de tiempo, Nicaragua interpuso dos demandas contra Colombia. La primera fue radicada en septiembre de 2013 y en ella se solicitó la delimitación de la plataforma continental nicaragüense una extensión total de 350 millas náuticas contadas a partir de su costa continental. La segunda demanda fue instaurada a pocas horas de hacerse efectivo el retiro de Colombia del Pacto de Bogotá de 1949, es decir, el día 26 de noviembre de 2013. En esta ocasión, Nicaragua alegó supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos por parte Colombia con ocasión de la amenaza de uso de la fuerza que supuso las operaciones realizadas por la Armada Nacional en el Mar Caribe; además de, la expedición del Decreto 1946 de 2013 en lo concerniente al mar territorial, la zona contigua, algunos aspectos de la plataforma continental de los territorios insulares colombianos en el mar Caribe occidental y a la integridad del departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
La reacción de Colombia se tradujo en una reconvención o contrademanda hacia Nicaragua en noviembre del año 2017 por el desconocimiento de la existencia de derechos tradicionales de pesca de la comunidad raizal en los bancos en los cuales han pescado tradicionalmente; además de, la expedición del Decreto Nº 33-2013 por medio del cual, ese país, fijaba las líneas de base recta a partir de las cuales se medirían las distancias de su mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental en el Mar Caribe en detrimento de los intereses de Colombia. Adicional a lo anterior, el 15 de diciembre de 2017, Colombia denunció el Protocolo de Firma Facultativo Sobre la Jurisdicción Obligatoria en la Solución de Controversias de las Convenciones de Ginebra sobre el Derecho del Mar de 1958.
Decisiones judiciales de la Corte Internacional de Justicia de la Haya frente a las demandas presentadas por Nicaragua contra Colombia en el año 2013.
El día 21 de abril de 2022, la Corte Internacional de Justicia de la Haya falló a favor de Nicaragua la tercera, de las dos demandas, al considerar que Colombia había violado los derechos soberanos y la jurisdicción de ese país al interferir con las operaciones de embarcaciones de la marina nicaragüense y las actividades de investigación científica y pesquera. En consecuencia, se ordenó al estado colombiano “cesar inmediatamente” las operaciones de patrullaje, investigación y pesca en esas aguas, además de otras relacionadas con la protección de la Reserva de Biosfera Seaflower.
Por su parte, la CIJ también determinó que tanto la a zona integral contigua delimitada por Colombia en el Decreto 1946 de 2013, modificado por el Decreto 1119 de 17 de junio de 2014, como el Decreto Nº 33-2013 modificado por el Decreto N° 17-2018 de 10 de octubre de 2018 expedido por Nicaragua no se ajustaban a lo estipulado en el derecho internacional.
Finalmente, este jueves 13 de julio de 2023, la Corte de La Haya emitió sentencia sobre la segunda de las tres demandas interpuestas por Nicaragua. En esta ocasión rechazó la petición nicaragüense de extender su plataforma continental más allá de 200 millas náuticas por la superposición resultante con la zona económica exclusiva de Colombia.
La decisión de la Corte Internacional de Justicia no es apelable y da fin a una contienda que puso en riesgo zonas del territorio marítimo colombiano ante las ambiciosas pretensiones nicaragüenses. La discrepancia jurídica concluye respecto a Colombia con el reconcomiendo de la soberanía sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina, siete cayos y el control pleno sobre sus aguas. Queda pendiente la celebración de nuevos acuerdos sobre delimitación y explotación pesquera entre ambos países.
Resulta fundamental recordar la importancia del diálogo y la cooperación entre las naciones al igual que la resolución pacífica de los conflictos no solo por sus implicaciones territoriales sino por los impactos en la población, el medio ambiente y el desarrollo sostenible en la región.
Si bien Colombia logró defender su territorio sigue en deuda con los raizales respecto de la enseñanza de creole como lengua nativa en los colegios, la protección de los pescadores frente a la pesca industrial y de la promoción del desarrollo turístico del archipiélago.
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Décadas en una batalla jurídica en el Tribunal Internacional de Justiciaadmintemp2024-04-18T10:04:33-05:00
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